Caso río Vizcachas

Señor director:

Hace unos días conocimos que el río Vizcachas, que corre por Chile y Argentina, se secó por intervención en el lado trasandino. Este forma parte de una cuenca mayor, la hoya del río Serrano, una de las más importantes al norte de Puerto Natales. Integra ríos y lagos que se encuentran en estancias privadas y en el Parque Nacional Torres del Paine, reserva mundial de la biósfera.

Lo anterior generó una nueva controversia, pues la Cancillería chilena, después de analizar el caso con la Dirección de Fronteras y Límites, solicitó los antecedentes a su par argentino para conocer quién y cómo se alteró un curso de agua internacional regulado mediante el Tratado de Medio Ambiente y el Protocolo de Recursos hídricos compartidos, firmado en 1991.

 

El documento establece que todas las acciones que se hacen en un curso de agua internacional deben ser informadas a su contraparte. Como Chile se posiciona río abajo, se ve directamente afectado por lo que ocurra en la provincia de Santa Cruz, al otro lado de la frontera.

 

Estas situaciones no solo perjudican el equilibrio ecológico, cada vez más presionado por la falta de lluvias. También la relación construida entre Chile y Argentina por medio de mecanismos que eviten efectos negativos en el agua de ambas naciones. Algo que con el río Vizcachas no sucedió.

 

Karen Manzano Iturra

Académica e Investigadora Instituto de Historia USS




La prevención: una urgencia en salud visual

Señor Director:

Es importante revisar la situación de la salud visual en el trabajo en Chile, un tema del que se evidencia una escasa discusión y relevancia, especialmente al constatar que el 25% de la población sufre algún tipo de problema visual, cifra que a nivel mundial es alrededor del 53% (OMS).

Un reciente fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que las empresas deben costear lentes ópticos o de contacto a los trabajadores que los necesiten para el desempeño de sus labores frente a pantallas en jornada laboral. En Chile existe la Guía para la Selección y Control de Protección Ocular y Facial, esfuerzo útil pero aún insuficiente para establecer normas con foco en prevención y tratamiento temprano, ya que la ceguera y discapacidad visual en sus distintos grados son prevenibles en hasta el 80% de los casos.

 

En Chile hay dos aspectos que requieren una mayor regulación, uno es el relativo al uso intensivo de pantallas y el impacto de la luz azul violeta en la visión. El otro es la radiación UV que puede llegar a causar incluso ceguera. En ambos casos hoy existen tecnologías de lentes que la norma debiera considerar como de uso obligatorio para un nuevo estándar de protección.

 

Matías Schomburgk V.




Asesinado por el cumplimiento del deber.

Señor Director.

Los carabineros no mueren, y menos, por cumplir con su deber. Son asesinados porque los políticos y quienes están en el Gobierno de turno, exigen protocolos de uso de la fuerza, que coartan la defensa y accion de la autoridad policial, dejándolos en condiciones inferiores y vulnerables frente a delincuentes y terroristas que no tienen estándares éticos y menos reglas de enfrentamiento. Reglas de Uso de la Fuerza cuyo principal objetivo es exculpar de toda responsabilidad a la autoridad civil y política.

Lo mismo, por su lado, hace la justicia, al liberar a los delincuentes que insultan, agreden o atacan a Carabineros de Chile.

Esperemos que la Reforma que se promueve para esa institución, que avala, difunde y acepta su General Director, corrija la situación descrita, ya que la seguridad e integridad de los hombres y mujeres bajo su mando es prioritario y no se negocian, aunque en la defensa de ello, pierda el cargo.

 

Christian Slater Escanilla.

MAIL chrislater2002@yahoo.es