¿ALCALDES: REYES O FARAONES?

Mientras asistía, ya hacia varias décadas, a seminarios gremiales, participando en una de las tantas comisiones que se formaban, un colega, después de escuchar a representantes de funcionarios de una municipalidad de muy al sur de nuestro país denunciado el abuso de poder del alcalde, dijo: “Parecen reyes”. Solicité la palabra e intervine para decir que difería del colega, yo estimaba que “Parecen Faraones”.  Causó mucha risa y el moderador me solicitó que me explicara.

 

Mencioné que solo había que remitirse a nuestra norma que nos rige, El Estatuto Administrativo para funcionarios municipales que, entre muchos aspectos, regula los sumarios administrativos, ese instrumento que permite al alcalde instruir una investigación y sancionar infracciones administrativa, pudiendo aplicar la medida de destitución.

 

Para hacerlo simple:

 

Estatuto Administrativo.

 

a) 126.- El alcalde ordena instruir un sumario administrativo.

b) 127.- El alcalde nombra al Fiscal.

c) 138.- El alcalde aplica la medida disciplinaria.

d) 139.- Al alcalde se le presenta el recurso de reposición

 

  1. e) 140.- El alcalde finalmente sanciona

 

El debido proceso (rango constitucional) está destinado a asegurar un proceso racional y justo. Una de las garantías procesales más importantes que se deben respetar es el derecho de impugnar las resoluciones desfavorables ante el superior jerárquico de quien resolvió.

 

No existe disposición legal que indique cual es el Superior Jerárquico del alcalde para ejercer el derecho de impugnar las resoluciones desfavorables que afecten a un funcionario/a municipal y se dé cumplimiento al debido proceso en el tribunal administrativo.

 

Se podría pensar que, para un funcionario destituido post sumario administrativo, resuelto por quien es juez y parte en el proceso, tiene la posibilidad de recurrir a la Contraloría General de la República. Diferentes dictámenes del órgano contralor señalan que: …esta Entidad Fiscalizadora no puede efectuar consideraciones relativas al mérito probatorio de ciertos elementos de convicción, pues ello debe ser apreciado por quien sustancia el proceso disciplinario y por la autoridad que ejerce la potestad disciplinaria, y no por este Órgano de Control.

 

Además, el órgano contralor está impedido de pronunciarse, a no ser por irregularidades en el procedimiento, en razón a lo que indica la ley N° 19.880, Art. 59, inciso 4° (Ley que establece los procedimientos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado).

 

Art. 49

“No procederá recurso jerárquico contra los actos del presidente de la República, de los ministros de estado, de los alcaldes y los jefes superior de los servicios públicos descentralizados. En estos casos, el recurso de reposición agotará la vía administrativa.

 

Fui conocedor de muchos sumarios cuya intencionalidad fue destituir al funcionario, independiente si los hechos ameritaban tal medida o si existían elementos probatorios de haber cometido irregularidades para aplicar la máxima sanción.

 

Se puede decir que la alternativa es recurrir a los tribunales de justicia, lo que es efectivo, y muchos funcionarios han revertido la decisión de la autoridad municipal llegando a la corte suprema en la cual se ha comprobado que sólo se trataba de una medida de persecución política o sencillamente generar cupos en la planta para el ingreso de los que llegan con cada autoridad, En estos casos la municipalidad ha tenido que reintegrar al funcionario/a y pagar las remuneraciones correspondiente al período que estuvo despedido.

 

El problema de esta solución tiene que ver con los recursos económicos que se requiere y que desgraciadamente no todos pueden solventar. Si tomamos en consideración los ingresos de un funcionario municipal perteneciente a las plantas de auxiliar, administrativo y técnico cuyo promedio de ingreso se aproxima a ochocientos mil pesos, resulta muy difícil que se pueda solventar un juicio que se vea en la corte de apelaciones y termine en la corte suprema ya que se requeriría muchos millones de pesos, que muy pocos pueden solventar. De esta forma, la limitación económica para poder defenderse de decisiones arbitrarias de quienes no están sujetos a un recurso superior en tribunal administrativo como los alcaldes, los hace omnipotentes; deciden instruir sumario; nombran al fiscal, fijan la sanción, hay que apelar a ellos y finalmente resuelven una destitución; parecido a un faraón.

 

En décadas, fui testigo de varios despidos a compañeros de trabajo por faltas que, si las hubiese cometido los funcionarios que llegan con la autoridad cada cuatro años para “arreglar todo”, solo sería motivo de una sonrisa del parecido a un faraón.

 

Ante el abuso de poder por parte del todopoderoso recaído en funcionarios/as de bajos recursos, no tiene valor la mejor de las defensas o la inocencia, ya que impera la intención del “faraón de turno”, situación que se contrapone con lo que debería imperar en los municipios; lo justo.

 

Pedro Alexi Aguirre Moya




TURBA CAUSA TERROR ASALTANDO CASA  EN MAIPU

5 sujetos armados ingresaron este martes 2 de julio a una casa en Segunda Sinfonía, sector norte de la comuna de Maipú. Los antisociales robaron un vehículo, tres computadores. Toda la familia quedó traumatizada viviendo una noche de terror que deja ver el momento de inseguridad que vive la comuna y el país.

Autores ingresaron saltando la reja, trataron de derribar la puerta y finalmente ingresaron por la cocina, encañonando a la familia reduciendo a los dueños y amenazando a menores, incluido un niño de 5 años. El hecho ocurrió en la noche cuando estaban tranquilamente viendo T.V.

Al dueño de casa lo redujeron, lo tiraron al suelo, lo golpearon para que señalara donde estaba la plata y las joyas. Los antisociales robaron una camioneta, televisores, computadores, todo avaluado en  30 millones de pesos.

Testigos señalan que los antisociales eran jóvenes, huyendo luego de perpetrado el robo.

Si bien es cierto no quedaron victimas heridas, si quedaron en estado de shock, con los problemas psíquicos causados ante la violación de hogar que será inseguro para siempre, y que lamentablemente está siendo una costumbre en esta etapa de la vida.




MUNICIPALES DE MAIPU PREOCUPADOS POR CONGELAMIENTO DEL ESCALAFON

Foto archivo

Gremiales municipales de Maipú reaccionan ante llamado a concurso público que realizó el municipio en medios de prensa nacional con el fin de copar las vacantes de grado en el escalafón municipal que tienen los trabajadores de Planta. Los gremios solicitan que se cumpla con la normativa que rige y permita los ascensos ante de copar la Planta Funcionaria.

Las tres gremiales: Asociaciones de Funcionarios AFUMMA, Planta General y SMAPA solicitan que antes de que antes que se materialice el concurso a que llamó el municipio para proveer los cupos vacantes del escalafón municipal,  se dé la prioridad que corresponde para y se realicen los trámites, que no se ha ejecutado hasta el momento, con el fin que los actuales planta suban en su escalafón, tema que señalan no se lleva a cabo desde el año 2022, a pesar de que muchos funcionarios  han jubilado y su cupo en el escalafón esta aun sin movimiento, impidiendo subir en el escalafón al funcionario que lo sigue en la priorización.

Este tema se lo hacen saber al alcalde Vodanovic en una sentida carta enviada a principios de mayo del presente año por las tres gremiales, señalando  que el Estatuto Administrativo  que  rige a los funcionarios contempla la carrera funcionaria, que permite entre otras a los funcionarios y las funcionarias el derecho al ascenso, que se produce con la creación de cargos y las vacantes que se producen  de funcionarias y funcionarios que se han acogido a retiro.

Ante ellos señalan que corresponde que se realicen estos ascensos, trámite que no se ha ejecutado ocasionando un malestar generalizado en los funcionarios que esperan subir en el escalafón como lo describe el Estatuto.

Esgrimen en su argumentación que el factor económico es de suma importancia para funcionarios de carrera, especialmente para los grados más bajos y no comprenden este retraso, que estiman exagerado para ejecutar lo que la normativa indica, situación que los motiva a enviar esta petición, de modo que permita al menos mejorar el deteriorado ingreso de los funcionarios sin solución desde el año 2022, perjudicando  económicamente a quienes se han visto mermado sus ingresos por un derecho que tienen los funcionarios y que no se cumple con ello.

Otro tanto, que muchos funcionarios que ascendieron el año 2022 aún no reciben su retroactivo y siguen recibiendo el sueldo del mismo grado de ese año.

Esperan que algún día llegue la justicia laboral y se imponga por la justicia patronal.