DURAS SANCIONES A VENTA DE VEHICULOS ROBADOS

Este martes el Senado aprobó el proyecto de ley que modifica la Ley de Tránsito para prevenir la venta de vehículos robados motorizados. La nueva ley para sanciona con presidio menor en su grado medio a máximo y penas que llegan a las 100UTM en caso de conducir un vehículo con placa patente falsa o alterada.

El Senado aprobó por 28 votos a favor y 1 abstención las enmiendas introducidas por la Cámara, al proyecto que buscan prevenir la venta de vehículos motorizados robados, moción que se enmarca entre los proyectos priorizados de la Agenda de Seguridad.

La ley que previene la venta de vehículos robados sanciona una serie de conductas como la conducción con la placa patente oculta que se aumenta a “falta gravísima” y ordena diversas obligaciones para fabricantes y automotoras en materia de comercialización de los vehículos. Además se establece la obligatoriedad de grabar la patente en ventanas y espejos de autos nuevos y usados y la prohibición de conducir con luces y focos diferentes a los autorizados.

“Los dueños de vehículos van a tener 12 meses para poder grabar los vehículos que ya están en su propiedad y los nuevos van a tener que salir con esta placa patente ya grabada en cada uno de los vidrios involucrados”, Juan Carlos Muñoz, ministro de Transportes y Telecomunicaciones

Esta iniciativa se enmarca en los esfuerzos que realiza el Gobierno y el Poder Legislativo para enfrentar los problemas de seguridad pública que afectan al país. De hecho, esta ley se convierte en la séptima despachada por el Congreso, en el marco de los proyectos priorizados de la agenda que impulsa el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

 

Infracciones y multas con la nueva ley que previene venta de vehículos robados

La nueva ley para prevenir la venta de vehículos robados sanciona con presidio menor en su grado medio a máximo. Además establece la suspensión de la licencia de conducir o inhabilidad para obtenerla hasta por 5 años.

En caso de conducir un vehículo con placa patente falsa, alterada o que corresponda a otro vehículo la multa corresponde de 50 a 100 UTM.

La iniciativa también impone las siguientes prohibiciones y multas:

  • Prohibición de usar, adosar y/o conducir con luces o focos distintos o adicionales a los permitidos por la ley.
  • Prohíbe al público la venta y carga de combustible a los vehículos motorizados que no cuenten con su placa delantera o trasera. Se castigará con una multa de 10 a 100 UTM a concesionarios o dueños de la estación de servicio que incurra en esta práctica.
  • Se sancionará contravenir la normativa sobre el uso obligatorio del casco protector y demás elementos de seguridad al conducir bicicletas, motocicletas o vehículos similares.
  • La conducción de vehículos motorizados utilizando un casco que no cumpla con la obligación establecida constituirá infracción.

Exigencias de la primera inscripción de un vehículo

El texto define otras exigencias tratándose de la primera inscripción de un vehículo en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados.

Por ejemplo, se define que si el vendedor o emisor de la factura no se encuentra incluido en la nómina mencionada, el Servicio de Registro Civil no procederá a la realización de la inscripción del vehículo. Tampoco podrá hacer entrega de las placas patentes respectivas.

Adicionalmente, se agregan las siguientes causales para el retiro de circulación de los vehículos y su disposición ante los juzgados de policía local:

  1. No tener los certificados de revisión técnica al día
  2. No tener certificado de homologación individual
  3. Circular con placa patente oculta, en mal estado o con el número de identificación del vehículo (VIN) o de motor adulterados o borrados.

La iniciativa, adicionalmente, eleva el rango de multa para algunos casos y realiza ajustes a la Ley 20.931, sobre aplicación efectiva de penas en robo, hurto y receptación.

 

Por último, se modifica el Código Penal para incluir como agravante en los delitos de hurto y robo, el ejecutarlos usando un vehículo sin placa patente (delantera, trasera o ambas) o si están ocultas.

 

Igualmente, serán agravantes usar vidrios oscuros o polarizados o utilizar otra práctica, técnica, intervención, herramienta, dispositivo o condición que favorezca la impunidad.

 

Otras exigencias y disposiciones de la nueva ley

El proyecto establece que, declarada la pérdida total de un vehículo asegurado como resultado de su destrucción o desarmaduría total o parcial, la compañía aseguradora deberá requerir la cancelación de la inscripción del vehículo respectivo ante el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. Ello se informará al asegurado y se devolverán las respectivas placas patentes.

 

Respecto de un caso no comprendido en la situación anterior, susceptible de reparación, las compañías de seguros deberán regularizar la propiedad de los vehículos siniestrados, para lo que se requerirá de su inscripción en el citado Registro a su nombre o a nombre de los compradores respectivos.

 

Mientras no se efectúen las inscripciones, anotaciones y cancelaciones ordenadas, los vehículos que se encuentren en los casos descritos quedarán bajo la responsabilidad de la aseguradora.

 

El ministro Muñoz explicó que durante la tramitación del proyecto en la Cámara de Diputados se eliminó una indicación ingresada por el Ejecutivo que pretendía establecer la obligación de adherir la patente en los cascos de los conductores de motocicletas para “mejorar la identificación de la motocicleta si es que se utilizaba para cometer delitos”.

 

Sin embargo, “a fin de contar lo más pronto posible con el proyecto como ley, y evitar la constitución de una comisión mixta, es que hemos decidido no insistir con la indicación”, indicó el secretario de Estado.




Sistema único de Evaluación Docente listo para ser visto en Sala

Fue aprobado en Comisión de Educación. El mensaje es que los docentes de establecimientos municipales y de Servicios Locales de Educación Pública dejen de ser evaluados por dos sistemas distintos (la Evaluación Docente y el Sistema de Desarrollo Profesional Docente).

Tras una serie de sesiones de audiencias, los integrantes de la Comisión de Educación despacharon a Sala, el proyecto que establece un sistema único de Evaluación Docente. La norma en segundo trámite será analizada en una próxima sesión ordinaria.

Con 3 votos a favor y uno en contra, la instancia aprobó la idea de legislar de la norma iniciada en mensaje, que consolida el sistema de reconocimiento y promoción del desarrollo profesional docente como único sistema general de evaluación y fortalece los procesos de inducción y acompañamiento.

La idea es que los docentes de establecimientos municipales y de Servicios Locales de Educación Pública dejen de ser evaluados por dos sistemas distintos (la Evaluación Docente y el Sistema de Desarrollo Profesional Docente) y sean evaluados únicamente por el sistema de evaluación de la Carrera Docente, al igual que los docentes del sector particular subvencionado.

Cabe recordar que este proceso evaluativo, llamado Sistema de Reconocimiento, incorpora una evaluación de conocimientos específicos y pedagógicos y la elaboración de un portafolio. En la sesión del 15 de junio, el ministro de Educación, Marco Antonio Ávila contextualizó la propuesta.

A la hora de votar, el presidente de la Comisión, el senador José García Ruminot comentó que “este proyecto reafirma la evaluación docente como un valor permanente de nuestro sistema educacional. Los profesores deben evaluarse. Cómo y con qué periodicidad son elementos que deben estudiarse en la discusión en particular. Me sorprende buenamente, la cantidad de profesores que nos han escrito y eso habla de que quieren evaluarse”.

A su vez, la senadora Yasna Provoste anunció su voto a favor recordando que el origen de la iniciativa estuvo en un acuerdo de la ex ministra Marcela Cubillos con el profesorado el 2019, cuando se reconoció la doble evaluación como un “problema”. “Lo que acá se plantea en ningún caso viene a relajar las múltiples exigencias que tiene la carrera de Pedagogía si pensamos que se dicta en universidades y junto con Medicina, está obligada a acreditarse”, aclaró.

En tanto, el senador Gustavo Sanhueza admitió que “uno de los temores es que esto vaya a la eliminación de la evaluación pero es todo lo contrario. Hay un acuerdo en que se necesita este sistema único. Hay que hacer justicia con los profesores mal encasillados también, todos los ministros que hemos escuchados lo han reconocido así. Voto a favor”.

La senadora Carmen Gloria Aravena manifestó que “es eficiente terminar con la dualidad de las evaluaciones pero me preocupa que se avance en un sistema único de evaluación docente descuidando la calidad. Creo que el proceso que se instaure debe ser periódico, obligatorio y tener consecuencias (…) Creo que esto requiere más análisis y para sentar precedentes voy a votar en contra”.

En cuanto a las indicaciones que ya se adelantan en el debate, los legisladores mencionaron la necesidad de buscar mecanismos que garanticen una formación de calidad, contar con planes de superación pedagógica con un eje presupuestario claro y generar evaluaciones colectivas considerando que el aprendizaje es colectivo.

También se propuso generar una mesa de trabajo donde participe el Ejecutivo y los asesores de los parlamentarios para estudiar los casos de mal encasillamiento que les han hecho ver múltiples profesores a los integrantes de la Comisión. “Queremos un proceso lo más consensuado posible. Queremos que esta mesa se conforme lo antes posible, ojalá antes que se vote en Sala”, hizo ver el senador García.

El texto deroga normas de la ley que aprobó el estatuto de los profesionales de la educación. El objetivo es establecer un único sistema de evaluación, reconocimiento y progresión de acuerdo con las normas del estatuto docente. Ello corresponde al reconocimiento y promoción del desarrollo profesional docente.

También se amplía el acompañamiento de docentes nóveles, a fin de mejorar sus competencias profesionales con el apoyo de docentes mentores. La idea es favorecer la retención de los nuevos profesores en el sistema educativo que, actualmente, presentan altas tasas de deserción.

Por otra parte, se elimina la restricción de horas contratadas para cursar el proceso de inducción, cuyo límite actual es de 38 horas. En casos en que la jornada semanal sea superior, el proceso de inducción se realizará durante la jornada de trabajo y se considerará como actividades curriculares no lectivas.

Los profesionales de la educación que durante el año 2015 rindieron la evaluación de desempeño profesional docente podrán optar a varias alternativas para ser asignados a un tramo de desarrollo profesional:

Rendir el instrumento de evaluación de conocimientos específicos y pedagógicos y eximirse de rendir el portafolio en su próximo proceso. En este caso mantendrán la calificación obtenida en 2015.

Rendir el instrumento de evaluación conjuntamente con el portafolio, en su próximo proceso de reconocimiento y optar, para el instrumento portafolio, entre la calificación lograda y la del año 2015.

Eximirse de rendir el instrumento de evaluación y el portafolio profesional de competencias pedagógicas, siendo asignado un tramo de desarrollo profesional considerando el instrumento portafolio, rendido el año 2015, y el instrumento de evaluación de conocimientos específicos y pedagógicos, rendido el año 2019.

 Para estas posibilidades, los educadores deberán cumplir ciertas condiciones que detalla la normativa.

Finalmente, se establecen plazos para los profesores que hayan suspendido la aplicación de los instrumentos establecidos con anterioridad:

Quienes debían rendir instrumentos en 2020 podrán hacerlo hasta el 2024.

Los que debían rendir instrumentos en 2021 podrán hacerlo hasta el 2025.

Mientras que los docentes que debían rendir los instrumentos en 2022 podrán hacerlo hasta 2026.

25 de julio de 2023




Agenda de Seguridad: Tipifican el contrabando de dinero como delito

Avanza trámite legislativo para tipificar el contrabando de dinero como delito. La iniciativa fue aprobada por unanimidad de la Sala del Senado y quedó en condiciones de cumplir su segundo trámite constitucional en la Cámara de Diputadas y Diputados.

De manera unánime la Sala del Senado aprobó y despachó a cumplir su segundo trámite constitucional el proyecto que tipifica el contrabando de dinero como delito, aumentando así las multas y sanciones penales en contra de quienes lo cometan.

La iniciativa, originada en una moción de los senadores Luz Ebensperger, Pedro Araya, Alfonso De Urresti, Rodrigo Galilea y Matías Walker, modifica diversos cuerpos legales para aumentar las sanciones y penas por esa acción, que actualmente sólo es considerada una infracción administrativa.

Así lo explicó la presidenta de la Comisión de Constitución y una de las autoras de la moción, senadora Luz Ebensperger, quien precisó que el objetivo de este proyecto es incluir el ingreso o extracción de dinero como delito de contrabando como una manera de hacer frente al crimen organizado. “Se configura el delito cuando el monto excede los 10 mil dólares o su equivalente y se estableció un delito de bagatela en no más de 500 dólares, esto es, dejar un margen para que no se tipifique como delito cuando el exceso de dinero no declarado no sea más de 500 dólares sobre el máximo establecido”.

La iniciativa también actualizó normas de ordenanza, corrigió normas de prescripción y establece el contrabando como delito base de lavado de activos, entre otras materias.

El proyecto también fue analizado por la Comisión de Hacienda en materias propias de su competencia y tal como explicó el presidente de esa instancia, senador Ricardo Lagos, no irroga mayor gasto fiscal.

Durante la votación hizo uso de la palabra el senador Matías Walker, quien valoró el trabajo que hizo la Comisión de Constitución en conjunto con la dirección de Aduanas y la Subsecretaría del Interior y señaló que la iniciativa es un buen complemento al proyecto que combate el crimen organizado y el narcotráfico.

Finalmente, el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, destacó la importancia de la iniciativa y precisó que, históricamente, el contrabando en Chile ha tenido sanciones bajas, lo que se enmienda con este proyecto, al fortalecer las sanciones en materia de multas y también las penas asociadas.

20 de julio de 2023