ESCENARIOS: NUEVA CONSTITUCIÓN ¿EN 2022 ó CUANDO?

Omar Villanueva Olmedo,Director Interstitial Knowledge´s Theory olibar C°

Febrero año 2022.Es probable que según se den los acontecimientos, a contar desde junio o de septiembre, se produzca un fuerte remezón en la comunidad nacional, contando ya con la aprobación del electorado y del Congreso. Puesto que será muy notorio que habrá grupos de ciudadanos que estén de acuerdo y otros que no, debido a lo profundo que son las expectativas y los cambios que se están presentando y aprobando en las diferentes comisiones y plenarios de la Convención redactora.

1.- Introducción. Durante décadas hemos elaborado escenarios, difundido su uso, y perfeccionado sus métodos de manera de que sus proyecciones puedan ser usadas por diferentes empresas, gobiernos, universidades, profesionales y la comunidad toda. Pero aún existe un bajo nivel de utilización de este enfoque de futuros porque requiere un estudio y trabajo sistemático, para lo cual hay que contar con los conocimientos, persistencia y la práctica respectiva. Por ahora, algunas personas lo alcanzan y publican sus aportes.

Es así como no se conocen públicamente escenarios, metodológicamente válidos, para temas importantes como: el covil-19, próximo  gobierno hacia el año 2026, primeros años de la posible nueva constitución, sequía o impacto de las nuevas tecnologías sobre diferentes industrias importantes de Chile: minería, pesca, fruticultura, etc. hacia fines de la década. Si suelen encontrarse proyecciones singulares sobre estas materias, pero no con escenarios alternativos que ayuden a anticipar profesionalmente posibles futuros para la toma de decisiones.

A continuación se presenta un resumen de escenarios, los que podrían ser más complejos, según vayan ocurriendo diferentes  posibles etapas del proceso de la Convención Constituyente, hasta llegar a la Constitución que regiría a finales del año.

El no contar con un marco general de los futuros posibles para la propuesta de una nueva constitución dificulta los procesos decisionales de una gran variedad de directivos de diferentes sectores, de empresas y de muchas personas interesadas.

2.- Objetivo. En este artículo se pretende resumir una reflexión sobre lo que se podría obtener con escenarios alternativos respecto a los posibles resultados a obtener a fines de este año, en cuanto a una nueva constitución  y con  los posibles resultados que se obtengan con el plebiscito ratificatorio de aceptación o rechazo, que debiera ocurrir casi al final de 2021.

Con trabajos de este tipo se espera  invitar a otros investigadores a extender sus trabajos de escenarios para las diferentes materias que son atingentes a los posibles futuros del país como es su desarrollo económico, social o institucional. O, por otra parte, para proveer diferentes escenarios para sectores determinados de la sociedad, como son: la vivienda universal; la salud universal; la formación de empresas públicas; las escalas de remuneraciones en los sectores públicos, municipales y privados; los futuros estados del medio ambiente; la posible distribución y uso de casi el 50% del territorio en manos del Estado,  y otros macro proyectos que generalmente está en los programas de los  nuevos gobiernos.

3.- El Camino Crítico. A partir del “Acuerdo Por la Paz Social  y la Nueva Constitución”  del 15 de noviembre de 2019 y la ley 21.200 del 24 de diciembre de 2019, en las  cuales se decide por trabajar en  el establecimiento de una nueva constitución, que ha estado permanentemente en el  ánimo de algunos miembros de  la clase política nacional, se dio una oportunidad para hacerlo, teniendo en cuenta que la actual constitución, de 1980,  ha tenido ya múltiples cambios, siendo los más importantes en 1989 y en el 2005.

Según el acuerdo del Congreso y de la Presidencia de la República, del 15 de Noviembre de 2019, se  propuso una salida constitucional a través de diferentes plebiscitos y de elecciones de una convención mixta (CM) o de una convención constitucional (CC), siendo esta última la elegida por una parte voluntaria de los electores inscritos en los registros. El órgano constituyente tiene un plazo de nueve meses que vence el 4 de abril de 2022, y que es “prorrogable por una sola vez por tres meses”, o sea,  hasta el 4 de julio de este año.

Una vez redactada la nueva Carta Fundamental se someterá a un plebiscito ratificatorio que deberá ser votado por el total del electorado inscrito en los registros y que deberá hacerse después de 60 días. O sea, alrededor del 4 de junio o del 4 de septiembre de este mismo año. Y el resultado obtenido, en el caso que se apruebe la Nueva Carta propuesta, será sometido a la aprobación del Congreso Nacional como un todo, estando los partidos que firmaron el acuerdo  comprometidos con su aprobación.

La nueva constitución regirá en cuanto sea promulgada y publicada.

4.- Vamos al grano. Lo que viene a continuación describe cómo podrían ser diferentes entornos o escenarios nacionales de la Constitución alrededor de fines de este año, lo cual es una oportunidad asimismo, para reflexionar sobre los posibles futuros del país.

Escenario 1.  A fines de año debiera  ocurrir: (1) la entrega del documento final de la CC, y (2) de haberse realizado el plebiscito ratificatorio aprobando la Nueva Carta, (3) el Congreso Nacional haber aceptado la Nueva Constitución. La nueva constitución regiría en el momento de su promulgación y publicación, derogándose orgánicamente la Constitución actual.

Según este escenario, si se cumplen todas las fechas establecidas, excluido el alargue adicional, Chile tendría  una nueva Constitución a contar del mes de junio o septiembre de este año, cuyos contenidos se desconoce hasta ahora.

Es probable que según se den los acontecimientos, a contar desde junio o de septiembre, se produzca un fuerte remezón en la comunidad nacional, contando ya con la aprobación del electorado y del Congreso. Puesto que será muy notorio que habrá grupos de ciudadanos que estén de acuerdo y otros que no, debido a lo profundo que son las expectativas y los cambios que se están presentando y aprobando en las diferentes comisiones y plenarios de la Convención redactora.

Hay que tener presente que lo que ha ocurrido hasta ahora con este tema es que hubo mucho apuro por hacerlo realidad, sin que se tuviera una definición plausible ni una visión consensuada del país para el largo plazo como marco estratégico ni del origen de la violencia y de sus instigadores. En su primera votación votó sólo el 50,9 % del electorado inscrito y, luego, los convencionales no representaron  proporcionalmente a las diferentes particularidades y proporciones de la población nacional. Todo lo cual implica incorporar más incertidumbre a lo que podría ocurrir finalmente a fines de año.

Adicionalmente, se puede incluir entre las incertidumbres que sólo algunas normas alcancen los dos tercios de los constituyentes, partiendo de lo conocido hasta ahora, que: el número de normas entre las que la CC tiene que aprobar o rechazar es abultado y que el plazo se va acortando y que al final se podría terminar con una Constitución que quede en parte de su camino requerido, para que se le considere que tiene mérito suficiente para ser ratificada por los votantes y sea promulgada.

Escenario 2. En el plebiscito ratificatorio,  del 4 de junio o del 4 de septiembre, se  podría rechazar la Constitución redactada y acordada por la CC. Y si se rechaza por la mayoría del electorado, a fines de este año, el país tendrá vigente la Constitución de 1980 con todas sus posteriores reformas constitucionales que se le han realizado.

En este caso, se supone que  el Congreso no tendrá que actuar. Y será, en una forma de decir, “como que aquí no ha pasado nada” con lo ocurrido el 19 de octubre de 2019 y sus pros y sus contras podrán eternizarse en el tiempo. Podrá a continuación hacerse una evaluación más explícita de las razones más profundas del estallido, de sus líderes y del costo que tendrían que asumir ante este evento. O, tal vez, dado este escenario de rechazo no se conozca nunca o no se reconozca nunca quienes fueron los líderes orgánicos de esa revuelta si es que los hubo; o que los damnificados sigan sin que sean resarcidos de sus enormes daños y que no se cumplan las expectativas que se generaron en una parte de la población; etc.

Escenario 3. Que la Convención Constituyente pida que se les alargue el tiempo de trabajo porque, alrededor de abril o junio concluyan que no le será  posible configurar una Carta Única hacia comienzos de julio de este año y que necesitan un determinado plazo mayor. Aunque en el “Acuerdo…” se señala que el plazo de funcionamiento es “prorrogable una sola vez…”

Sin embargo, se puede suponer que esta petición podría aceptarse si hay una institución que tenga la potestad para hacerlo. En el caso que el alargue que se aprobara fuera de un mes, hasta agosto de este año, se verán afectados los costos respectivos y el plebiscito ratificatorio debiera ocurrir en alrededor del mes de octubre.

Si se prorroga por dos meses será en  noviembre y si es por tres meses será en diciembre y es posible que en este caso termine el año y no se tenga una nueva constitución ratificada a su favor o en contra.

Y si finalmente, de acuerdo con el  plebiscito ratificatorio, se puede aprobar o rechazar la Carta que ha propuesto la CC y eso ocurriría en el año 2023.

Escenario 4. Además de los escenarios ya descritos, como camino crítico y árbol decisional, existen otros escenarios posibles muy distintos a los expuestos, que superan el espacio disponible para enunciarlos y que van más allá de la mera singularidad de los expertos constitucionalistas y de la política. La realidad es mucho más compleja y multidimensional que una abstracta constitución, y es algo que no se debe olvidar, ya que esto siempre puede ocasionar grandes sorpresas a quienes solo piensan con escenario lineal singular único.

5.- Conclusiones

Primera.- La constitución como instrumento siempre ha sido materia para expertos en ella, y no es propósito de esta nota decir algo en relación a sus contenidos intrínsecos ni a sus efectos específicos, ni plantear deseos personales o preferencias ideológicas.

A fin de año o a comienzos del próximo quizás, se tendría: (1) una Nueva Constitución sobre la cual no se puede dar una visión de su futuro o (2) se podría mantener la Constitución de 1980 con todas las múltiples modificaciones, que se le han incorporado, en sus casi 42 años de vigencia.

Lo importante son los escenarios a partir de una nueva constitución, es decir, de una constitución que solo se le conocería cuando esté  disponible y aprobada plebiscitariamente por toda la ciudadanía.

Segunda.- Si la constitución existente al final de este proceso es una nueva o la de 1980 -ya modificada muchas veces- formaría parte de lo que será el país. Si a eso se agrega los posibles efectos que podrían ocurrir en lo político, económico, social, ambiental-ecológico, tecnológico y cultural se estará en condiciones de proponer a continuación  otros escenarios profesionales más completos para el posible entorno en el cual la Constitución que se  aplique estará influyendo en la vida pública y privada del país. Ese es un trabajo adicional más extenso, pero que sin embargo con lo ya expuesto, el lector ya podrá reflexionar para intentar identificar en qué tipo de mundo estará viviendo: trabajando, practicando el ocio en alguna de sus formas o jubilado.

Este tipo de construcción de escenarios alternativos, profesionalmente preparados, es la que se realiza en casi todo el mundo y permite revisar los planes, los proyectos o el funcionamiento de operaciones que podrían estar ocurriendo en entornos muy diferentes. Y que en la medida que se avizora un escenario  positivo se puede acelerar la marcha y en uno que se vislumbra negativo, revisar los proyectos para hacerlos fructificar en él, o cambiar los planes y los proyectos para no fallar. Vale recordar que Chile carece de una poderosa Agencia de Estudios de los Futuros ADEF, que por décadas hemos propuesto cree el sector privado y o público, sin éxito.

Tercera.-  Escenarios Intersticiales. Y por lo tanto, hay una oportunidad para abrir las posibilidades de que, personas que tienen diferentes responsabilidades en una sociedad, descubran avenidas nóveles e innovadoras, que se puedan aprovechar para desarrollar nuevas construcciones políticas y civiles, o para las actuales o las nuevas  industrias, sistemas globales y locales, así como, evitar algunas avenidas que puedan estar llenas de peligros o de falsos albores. La “nueva teoría y metodología del conocimiento intersticial olibar” va más lejos, porque no sólo se está en condiciones de entregar los escenarios específicos singulares para sus diferentes partes con respecto al futuro de una nación o del mundo, que oriente a los gobiernos, empresas multinacionales y locales y personas, sino que con “inteligencia intersticial” se mete en los espacios vacíos de conocimientos emergentes que quedan al confrontar, por ejemplo, lo político, con lo económico, con lo social, con lo ambiental, con lo  ecológico, con lo cultural o con otros temas que se incluyan y es capaz así de describir nuevos futuros posibles que nunca antes pudieron ser anticipados “o creados” con metodología singular tradicional.

Conclusión Final. Separar lo deseable de estados constitucionales futuros posibles.  Cualquiera que sea el estado de la Constitución de Chile, lo más posible es que a fines de este año se sepa si hay o no una nueva constitución. Si no, lo será a más tardar a comienzos del próximo año o en horizonte más lejano. Así las cosas:

¿Está Ud. ciudadano preparado y o preparándose anticipadamente para y con posibles escenarios alternativos -en todos los planos- para tomar oportunidades y enfrentar las amenazas, producto de la gran incertidumbre emergente generada por la élite política de Chile con sus indecisiones y decisiones legislativas- imprudentes e improvisadas – en materia constitucional, debido a que no se anticiparon para tomar acción y resolver oportunamente?

 

Omar Villanueva Olmedo       

 




DESPUES DE 15 AÑOS DESPACHAN CODIGO DE AGUAS

La comisión mixta resolvió que la modificación al Código de Aguas esta lista para el despacho a ley y fue enviada a la Cámara de Diputados para ser enviada al Ejecutivo para su promulgación. Esta cambia para las nuevas concesiones y se dejará atrás la entrega a perpetuidad al ser cambiada …por 30 años renovable, pero también la declara como imprescindible para el consumo humano.

Este miércoles 12 de enero de 2022 marcara un hito en la historia de la reconquista de valores ciudadano luego que modificara el Código de Aguas con grandes cambios, aunque en la suma y la resta todo indica que es un paso en el control del vital líquido por parte del Estado de Chile. Lo increíble es que, tras 15 años de permanencia en el Congreso en las diversas discusiones, por acuerdo de la Comisión esta fue votada como Fácil Despacho

De las 17 divergencias entre las dos Cámaras que estaban pendientes, 3 se votaron por mayoría y 14 por unanimidad.

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El texto publicado por el ASenado es el que sigue:

 

 

Aprueban informe de Comisión Mixta

Actualización del Código de Aguas: Senado respaldó por unanimidad la iniciativa

La iniciativa quedó en condiciones de ser ley y durante el debate en Sala se resaltó “la búsqueda de acuerdos que permitieron actualizar esta herramienta” que permitirá al Estado poder gestionar el agua para el periodo que viene.

12 de enero de 2022

 

Tras un amplio debate y búsqueda de acuerdos, el Congreso despachó el proyecto que actualiza el Código de Aguas, reforzando el carácter de bien público del agua y consagrando una nueva regulación para la constitución, ejercicio y extinción de los derechos, así como proteger y fortalecer la función que cumple el agua dulce en los ecosistemas terrestres.

 Durante la votación en Sala, fue la senadora Adriana Muñoz, quien explicó a sus pares los principales aspectos que se regulan en esta normativa que fija además los plazos que tendrán las concesiones y detalló las 17 divergencias que se suscitaron entre las dos ramas del Congreso y que dieron origen a la formación de una Comisión Mixta. Según la senadora -quien presidió dicha instancia- tres de las divergencias se resolvieron por mayoría y las restantes se aprobaron de manera unánime.

Precisó que las disposiciones del proyecto se pueden agrupar en cuatro áreas: consumo humano; aguas del minero; asuntos de carácter misceláneo; y características de las concesiones.

Tras la aprobación unánime de la iniciativa, los senadores Jorge Pizarro y Carmen Gloria Aravena, valoraron el trabajo realizado y la búsqueda de acuerdos que permitió que el proyecto fuera aprobado prácticamente por la unanimidad del Congreso.

En la misma línea, se manifestó el Ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno, quien señaló que se trata de un cambio enorme en las herramientas que tendrá el Estado para poder gestionar el agua de aquí hacia adelante, haciendo alusión al complejo panorama climático y de escasez hídrica que afecta al país.

PRINCIPALES ASPECTOS

Durante el trámite en la Comisión Mixta, la discusión estuvo centrada en 4 áreas de interés:

Consumo humano, saneamiento y usos domésticos de subsistencia, mejorándose la redacción para asegurar la coherencia en la denominación de los usos prioritarios y enfatizar su preferencia. En el caso de la extinción de los derechos sobre reservas, se mantuvo la posibilidad de impetrar recursos, pero acotando la suspensión del cumplimiento, en forma excepcional, a la reclamación.

“Aguas del minero”:  se acordó que los concesionarios mineros deberán informar a la DGA para utilizar las aguas, fijando un plazo de 90 días, prorrogables por solo una vez, para que dicha repartición evalúe si la extracción afecta la sustentabilidad del acuífero o los derechos de terceros y manteniendo la restricción, acordada en el Senado, de que tales aguas solo pueden utilizarse en faenas de explotación. Asimismo, se precisó que, en caso de término, caducidad, extinción o renuncia de un derecho de aprovechamiento, las aguas quedarán libres para ser reservadas por el Estado y para la constitución de nuevos derechos sobre ellas.

Asuntos de carácter misceláneo: Se faculta a la DGA para revisar, en cualquier momento, las circunstancias que dieron origen a la declaración del área de restricción y se obliga a una evaluación transcurridos cinco años.

Características de las concesiones: Los derechos nuevos, ahora sujetos a un plazo, se entenderán renovados, salvo que la DGA haya acreditado que no están en uso o que existe una afectación a la fuente. Se dispone que, para la renovación anticipada, la DGA deberá analizar la solicitud y renovarla solo en caso de no haber verificado que el derecho no se encuentra en uso y que no existe afectación ni se ponga en riesgo la sustentabilidad.

Por último, se estableció la prohibición de construir sistemas de drenaje en las zonas de turberas, incluyendo a la provincia de Chiloé, además de las Regiones de Aysén y de Magallanes.

PLAZOS

Asimismo, regula el plazo de concesión de un derecho de agua, la cual se concederá por un período de 30 años, de acuerdo a los criterios de disponibilidad de la fuente de abastecimiento y/o de sustentabilidad del acuífero, según corresponda; período que se prorrogará sucesivamente, a menos que la Dirección General de Aguas acredite el no uso efectivo del recurso.

Dispone que la duración del derecho de aprovechamiento se prorrogará por el solo ministerio de la ley y sucesivamente, a menos que la Dirección General de Aguas acredite, mediante una resolución fundada, el no uso efectivo del recurso o que existe una afectación a la sustentabilidad de la fuente que no ha podido ser superada.

Faculta a la Dirección General para limitar el ejercicio de los derechos de aprovechamiento, en forma proporcional, cuando exista riesgo que este uso pueda generar una grave afectación al acuífero (cuando con el volumen de extracción actual se produce un descenso sostenido o abrupto de los niveles freáticos del acuífero),  o a la fuente superficial de donde se extrae; e incluso, si el riesgo persiste, podrá suspender temporalmente el ejercicio de todos aquellos derechos que provocan el riesgo o afectación.

Regula la extinción total o parcial de los derechos, mediante resolución de la Dirección General, si el titular de no hace uso efectivo del recurso o no realiza las obras para utilizar las aguas de conformidad con los plazos y suspensiones que se establecen; las usa para un fin diverso para aquel que han sido otorgadas, o cede su uso a cualquier otro título.

Dispone que, en el caso de los derechos de aprovechamiento consuntivos (que faculta a su titular para consumir totalmente las aguas en cualquier actividad), el plazo de extinción será de 5 años;  y en el caso de aquellos de carácter no consuntivos (que permite emplear el agua sin consumirla y obliga a restituirla en la forma que lo determine el acto de adquisición o de constitución del derecho) será de 10 años; regulándose la forma de contabilización de estos plazos y de la suspensión de los mismos.




Lanzan Manual de Equidad de Género para municipalidades

La Ministra de la Mujer y Equidad de Género, Mónica Zalaquett, junto a la Asociación Chilena de Municipalidades (ACHM), representada por la vicepresidenta, alcaldesa de María Pinto, Jessica Mualim, realizaron el lanzamiento del “Manual Equidad de Género en los Municipios”, cuyo objetivo es guiar a las municipalidades para atender a las mujeres que sufren distintas formas de violencia en el país.

Para la Ministra Zalaquett, el lanzamiento de este manual para los municipios es muy importante, porque “Son los gobiernos locales que mantienen un vínculo inmediato con la ciudadanía, los que conocen y se conectan de forma más eficiente con quienes habitan el territorio, por eso su rol, es fundamental para el diseño y la implementación de políticas públicas, que favorezcan a vecinos y vecinas de sus comunas”.

Por su parte, la alcaldesa Jessica Mualim se refirió a la importancia que tienen las mujeres dentro de las entidades edilicias señalando que “Lo que hace este manual es coadyuvar a los municipios, a sus autoridades y funcionarios municipales a fortalecer las capacidades de quienes tienen la función de aplicar las políticas públicas destinadas a la equidad de género y principalmente la erradicación de la violencia contra las mujeres“.

En la actividad de presentación de este manual, participó la alcaldesa de Colina, Isabel Valenzuela y San Miguel, Erika Martínez, quienes agradecieron a nombre de los municipios la creación de este manual.

El Manual tiene por objetivo fortalecer el trabajo de las municipalidades en materias de equidad de género, porque permite ilustrar a los funcionarios municipales, los conceptos básicos, que tiene la equidad de género y las distintas leyes, que el país ha promulgado para evitar la discriminación, que sufren las mujeres en distintos ámbitos de su vida.

El Manual contiene recomendaciones que permiten una mayor equidad de género en materias como, el empoderamiento económico de las mujeres, el liderazgo femenino, la violencia contra las mujeres, la salud sexual y reproductiva de las mujeres y el fortalecimiento institucional de las mujeres dentro del municipio.

Finalmente, desde la ACHM se informa que este manual se entregará a los participantes de la Escuela de Verano 2022 que se realizarán a fines de enero en distintas ciudades del país.