El alcalde Tomás Vodánovic sufrió su peor derrota en 11 meses de gestión en su propuesta para dar el primer paso a la creación de la Corporación Municipal de derecho privado que denomino “CORPORACIÓN MUNICIPAL DE INNOVACIÓN DE MAIPÚ CIUDAD FUTURA” Esta fue presentada en el Concejo Municipal este jueves 2 de junio, pero tuvo un resultado adverso de 6 votos a 5
El alcalde Vod,Anovic dio una lección como se pierde una buena iniciativa por jugar con las cartas tapadas y tratar de lograr una votación cerrada a su persona sin importar que pensaban los concejales no legionarios.
La proposición intentaba crear un feudo para administrar la municipalidad, al menos lo que se deja ver en algunos puntos de los estatutos para administrar bienes municipales.
Crear una Corporación Municipal de derecho privado llevando todo el tema estatutario cocinado y definido a su imagen única de modo que incluso estaba entre sus facultades elegir a su arbitrio 4 directores, lo que es lo más cercano a una dictadura de derecho privado administrando fondos municipales y tomando importantes decisiones que afectaran a la comuna sin los contrapesos políticos que significa el Concejo Municipal.
La participación municipal sólo queda restringida para aprobar entrega de recursos a dicha Corporación y otros traspasos municipales de administración, en los cuales los concejales nunca más podrían pedir rendición de cuentas o entregar su parecer, es decir cero equilibrio de poderes y fiscalización.
La idea era buena, gestionar recursos para aportar al municipio, pero algunos artículos de los estatutos dejaban entrever otras intensiones, no entendiendo para que tenían que dejar la opción de tener sedes en en todo el país.
AFORTUNADAMENTE 6 CONCEJALES PASARAN A LA HISTORIA POR SU OPOSICION A LA CREACIÓN DE ESTA PODEROSA MAQUINA DE PODER PERSONALIZADO LLAMADA “CORPORACIÓN MUNICIPAL DE INNOVACIÓN DE MAIPÚ CIUDAD FUTURA”
Es la primera derrota dura del Alcalde Vodánovic, que incluso retó a los concejales por ver cosas malas en donde a su juicio no las hay, pero en un sintético análisis, la Corporación en creación parece un tele comando de la Municipalidad por solo una persona, pero sin restricción, un verdadero feudo, al menos con tres de los articulados de los estatutos asignados por el alcalde en la presentación.
En su enojo ante el cuerpo de concejales que participaban a distancia de la sesión de Concejo Municipal, respondió que algunas de las inquietudes de la comunidad – que minimizo a redes sociales-sobre eventual contratación de personas cercanas aseveró: Si quisiera traer amigos a trabajar, lo podría hacer sin Corporación, lo que produjo en esos instante un silencio cómplice, ya que Vodanovic no puede desconocer que todas las personas de confianza y de cargos menores bien rentados que han ingresado al municipio son cercanas a su persona y provenientes fuera del territorio comunal e incluso algunos deben sacrificarse diariamente cruzando todo el centro metropolitano para ayudar a sacar del caos a Maipú, incluso ser transportados en vehículos municipales economizando 10 a 20 litros de bencina diario.
PARA LA HISTORIA
La mencionada Corporación, bien discutida, sin ansias de poder, buscando agilizar tramites y captar recursos, sin traspaso de bienes muebles e inmuebles, evitando que se ocupen de administrar servicios, sin duda que es una buena idea: administrar nuevos recursos externo, pero no administrar los recursos propios.
Tendrá que asumir la administración municipal que en el sector público se piensa de un año para otro, que hay que prevenir situaciones y las licitaciones se realizan con 4 meses de anticipación y no el último día para utilizar el sistema de compras directas, esta última legal, pero con restricciones.
Este virtual portazo de los concejales no legionarios, que ven que se puede hacer mejor cometido y no solo conectarse públicamente tres veces en el mes para decir ¡apruebo!, situación que no necesariamente indica que se comienza a caminar por un camino pedregoso o con eternas fugas de agua, sino que un letrero que dice PARE, MIRE Y ESCUCHE.
Hay maipucinos que aún quieren la comuna y quiere que después del famoso RENACE de la afuerina, que terminó con el enfermo en la UTI, se encuentre el diálogo fluido entre los concejales, el alcalde y el “buro” propio de una Municipalidad, cuyo presupuesto anual es sobre 140 mil millones de pesos, de manera que de dicho diálogo permita que Maipú vuelva a resurgir.
PARA LA HISTORIA
Los concejales que rechazaron la propuesta:
Alejandra Salinas, Alejandro Almendares, Horacio Saavedra, Marcela Silva, Gonzalo Ponce y Graciela Arochas.
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ACTA Y ESTATUTOS
CORPORACIÓN MUNICIPAL DE INNOVACIÓN DE MAIPÚ O “CORPORACIÓN CIUDAD FUTURA”
En Santiago de Chile, comuna de Maipú, a [●] de [●] de 2022, siendo las [●] horas, ante el ministro de fe municipal [●], autorizado por Decreto Alcaldicio N° [●] de fecha [●], se lleva a efecto la asamblea con la asistencia de las personas que se individualizan y que firman al final de la presente acta, quienes manifiestan que se han reunido con el objeto de adoptar los acuerdos necesarios para constituir una Corporación de Derecho Privado, sin fines de lucro, denominada “CORPORACIÓN MUNICIPAL DE INNOVACIÓN DE MAIPÚ CIUDAD FUTURA” o “CORPORACIÓN CIUDAD FUTURA”, en adelante indistintamente la “Corporación”.
Con el objeto de dirigir el debate, se procede a la elección de Presidente(a) y Secretario(a) de la Asamblea, resultando elegido como Presidente don TOMÁS VODANOVIC ESCUDERO, cédula nacional de identidad N° 17.697.418-4, domiciliado para estos efectos en [●], comuna de Maipú, en su calidad de Alcalde y Representante Legal de la Ilustre Municipalidad de Maipú, y actúa como Secretario(a) [●].
Después de un amplio debate, los y las asistentes acuerdan por unanimidad constituir la referida Corporación y aprobar los ESTATUTOS por los cuales se regirá, los que son leídos en presencia de los asistentes y cuyo texto fiel se transcribe a continuación:
TÍTULO I.
Del Nombre, Domicilio, Objeto, Duración.
Artículo Primero: Constitúyase una Corporación de Derecho Privado, sin fines de lucro, que se denominará “CORPORACIÓN MUNICIPAL DE INNOVACIÓN DE MAIPÚ CIUDAD FUTURA” y que podrá usar también el nombre de “CORPORACIÓN CIUDAD FUTURA”.
La Corporación se regirá por las normas del Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil, por las disposiciones contenidas en la Ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, por los presentes estatutos, y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
Se deja expresa constancia de que toda mención realizada en este texto a cargos o títulos de cualquier índole, se hace usando el artículo gramatical masculino y/o femenino, debido a la falta de reconocimiento oficial del lenguaje inclusivo no binario. Sin embargo, se entenderán como incorporadas dentro de dichos cargos o títulos todas las personas sin distinción de género, sexo u orientación sexual.
Artículo Segundo: El domicilio de la Corporación será la comuna de Maipú, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder desarrollar sus actividades o establecer oficinas en otros puntos del país.
Artículo Tercero: La Corporación tendrá por finalidad u objeto el fomento de obras de desarrollo comunal y productivo, así como la innovación y promoción del desarrollo económico y social sostenible de las personas, familias, grupos intermedios y comunidades más vulnerables de Maipú y, en general, de todos los vecinos y las vecinas de la comuna, con miras al mejoramiento de su calidad de vida. Podrá realizar sus actividades en ámbitos de acción tales como: desarrollo y mejoramiento urbano, infraestructura, innovación, tecnología, capacitación, trabajo, emprendimiento, educación, salud, vivienda, medioambiente, desarrollo comunitario, consumo, turismo, cultura, deportes, derechos humanos, infancia, comunidades indígenas y migrantes.
Para conseguir estos objetivos y sin que esta enumeración sea taxativa, la Corporación podrá:
- a) Realizar proyectos, planes y programas destinados al fomento de la innovación, el desarrollo económico, urbano, productivo y social de la comuna, mediante acciones de diseño, organización, promoción, evaluación, planificación, fomento, desarrollo y ejecución de dichos proyectos;
- b) Adquirir a cualquier título, vender o arrendar bienes muebles o inmuebles y celebrar todos aquellos actos y contratos con instituciones, organismos, empresas o personas naturales, necesarios para cumplir los objetivos de la Corporación;
- c) Administrar y encargarse de la gestión de todo o parte de edificaciones, recintos, instalaciones o bienes nacionales de uso público, que le encomiende o le hayan sido entregados mediante convenios, concesiones, comodatos u otros títulos, por parte de la Municipalidad de Maipú u otro organismo público o privado;
- d) Recibir contribuciones o aportes en general de personas naturales o jurídicas, cumpliendo con las exigencias legales y contables previstas en la ley;
- e) Crear y administrar centros de estudio y de investigación, bibliotecas, centros dedocumentación y bases de datos;
- f) Realizar encuentros, ferias, seminarios, simposios, cursos presenciales u online y eventos o actividades de todo tipo;
- g) Elaborar estudios, trabajos científicos y de investigación, y de planes experimentales;
- h) Prestar asesoría profesional y técnica en estudios, programas y proyectos que desarrollen otras instituciones u organismos nacionales o extranjeros;
- i) Evaluar los resultados que se obtengan de las distintas acciones desarrolladas con el objeto de mejorarlas y atender adecuadamente las necesidades de la comunidad;
- j) Editar, imprimir, distribuir folletos, boletines, revistas, periódicos y libros y, en general, producir y hacer uso de todo tipo de medios audiovisuales;
- k) Gestionar la creación, soporte y gestión de plataformas tecnológicas de toda índole;
- l) Difundir en la opinión pública el conocimiento, las actividades y los proyectos impulsados por la Corporación;
- m) Otorgar atención profesional especializada individual o grupal, asesorías y transferencia tecnológica;
- n) Promover la organización y participación ciudadana en sus diversas formas o niveles;
- o) Asociarse en forma transitoria o permanente con otras instituciones nacionales o internacionales, que persigan fines análogos;
- p) Colaborar con instituciones públicas o privadas, en materias que le sean comunes;
- q) Suscribir convenios de colaboración con instituciones públicas o privadas, que le permitan a la Corporación desarrollar sus objetivos y/o ser receptora de donaciones, cumpliendo con las exigencias legales y contables previstas en la ley;
- r) Crear, sostener y administrar centros abiertos, hogares u otros similares de niños, jóvenes y ancianos, centros comunitarios, centros de reciclaje, puntos verdes, puntos limpios y centros de acopio, y otros equipamientos e infraestructura de cualquier tipo;
- s) Proponer a la autoridad competente la dictación y modificación de disposiciones legales y reglamentarias que propendan al desarrollo social, en el ámbito propio de la competencia de la Corporación.
- t) En general realizar, sin ninguna restricción, todas las actividades, proyectos e iniciativas destinadas al cumplimiento de sus objetivos.
La Corporación podrá realizar actividades económicas que se relacionen con sus fines; asimismo, podrá invertir sus recursos de la manera que decidan sus órganos de administración. Le estará prohibida a la Corporación toda acción de carácter religioso, proselitista y político partidista.
La Corporación no persigue ni se propone fines de lucro, de modo tal que todos los ingresos que genere en virtud del desarrollo de sus actividades y para el logro de sus objetivos, deberán ser destinados solamente al cumplimiento de estos.
Artículo Cuarto: La duración de la Corporación será indefinida.